Llega la portabilidad transfronteriza de contenidos en la UE
El 1 de abril, entró en vigor la norma europea sobre portabilidad. Esta nueva regulación permite a los suscriptores de plataformas digitales acceder a los contenidos en línea en otro Estado miembro y no solo en su país de residencia.
Con esta iniciativa, que se enmarca en la Estrategia para el Mercado Único Digital, la Unión pretende garantizar la igualdad de acceso a obras en pataforrmas digitales como Netflix o Movistar (libros, películas, etc.) desde el extranjero cuando los consumidores se encuentren temporalmente en otro Estado (de vacaciones, en viaje de trabajo o en estancias limitadas de estudio).
Este Reglamento —que a partir de esta fecha es de obligado cumplimiento para los miembros de la UE— especifica, sin embargo, que los usuarios no podrán contratar un servicio prestado en otro Estado ni acceder a los contenidos que solo se oferten en el país de destino. En definitiva, las mediatecas y los “livestreamings” de las cadenas de televisión continuarán en su mayor parte encadenados al llamado geoblocking.
Fuente: Cedro