El editor es responsable a partir del 2012 de constituir el depósito legal.
A partir del presente mes de enero el editor es el responsable de constituir el depósito legal y, en el caso de las publicaciones periódicas, de entregar en forma de suscripción gratuita los ejemplares de su publicación. La ley se publicó en el BOE de 30 de julio de 2011 y entró en vigor el 1 de enero del 2012 (ver art. 6 y 12)